{image}http://imagen.eldia.co/cache/logos/anthoc_595.jpg{/image}Orientaciones generales para la presentación de demandas penales contra las juntas directivas y gerentes de las eses por la utilización de la contratación de prestación de servicios.

Nuestra organización sindical ha sido pionera en la lucha por la eliminación de la tercerización e intermediación laboral en el sector salud, fieles a la plataforma de lucha y declaración de principios que nos regulan, no hemos escatimado esfuerzos en la confrontación al modelo económico neoliberal y sus nefastas consecuencias en todas las esferas económicas, sociales, culturales y políticas de la Nación.

En diferentes eventos decisorios de la organización hemos analizado, discutido y aprobado la táctica y la estrategia para confrontar con éxito las políticas gubernamentales que pretenden mantener el statu quo de los intermediarios financieros y de quienes se lucran con el modelo de aseguramiento y de prestación de servicios de salud derivado de la Ley 100 de 1993 y sus normas complementarias. 

Las Sentencias C-614 del 2 de septiembre de 2009, C-690 del 21 de septiembre de 2011, C-901 del 30 de noviembre de 2011 y C-171 del 17 de marzo de 2012, constituyen precedentes judiciales de carácter constitucional de obligatorio cumplimiento, para que las entidades de salud vinculen a los trabajadores a las plantas de personal, así sea temporales y reconozcan la existencia de relación laboral en los contratos de prestación de servicios suscritos con anterioridad y en los hoy vigentes, por tanto la existencia del contrato realidad.

No obstante las órdenes impartidas por la Corte Constitucional a través de las sentencias obligando a las entidades publicas y en particular a las que integran la red hospitalaria del país a vincular las actividades permanentes con personal de planta y no contratadas por prestación de servicios. Agotada la primera fase, en la que de manera persuasiva instamos al gobierno y a las ESEs, a que se le diera cumplimiento a los precedentes legales y jurisprudenciales sobre la materia; obtenidas las respuestas positivas en algunos honrosos  casos, parciales en otros y en la mayoría de ellos negativos, en otros ni siquiera se dignaron responder, lo que pone de manifiesto que la mayoría de las ESEs del país no están cumpliendo con las decisiones de la Corte.

Concluidas las Clínicas Jurídicas, la última sesión de la Junta Directiva Nacional, determino que el Departamento Jurídico Laboral , Social y del Sector Privado, elaborará el formato de denuncia penal que se va a adelantar contra integrantes de las Juntas Directivas y los (as) gerentes de los hospitales, labor que efectivamente se realizó.

Inicialmente, la denuncia se presentara contra los Directivos de las entidades hospitalarias de tercer y cuarto nivel, lo que no quiere decir que si hay entidades de primer nivel que tengan lista la documentación no se pueda presentar sus denuncias.

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