El Presidente de la República en ejercicio de las facultades generales de la Ley 4a de 1992 sanciono el pasado 4 de marzo del año en curso, el incremento salarial para los empleados de la Rama Ejecutiva del Sector Público de los ordenes nacional y territorial.
El referido incremento oscila entre el 6.41% para aquellos servidores que devengan menos de un salario mínimo y el 5.69% para quienes devengan salarios por encima del salario mínimo, este será retroactivo al 1º de enero el año en curso.

Los Decretos 642, 643, 644, 667 y 668 del 4 de marzo de 2008 servirán de base para determinar los salarios y demás prestaciones económicas para los servidores públicos de las entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud tanto en el ámbito nacional como territorial.

Todos los decretos los podrá leer a continuación.

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