{image}http://eldia.co/images/stories/logos/anthoc.jpg{/image}Con la entrada en vigencia el pasado 16 de junio del Decreto 2025 de 2011 se abrió en el país un debate sobre la tercerización laboral y la contratación de prestación de servicios en las entidades públicas, particularmente en el Sector de la Salud y la Seguridad Social, en nuestro criterio una reacción fariceica, por cuanto desde el 2 de septiembre de 2009 la Corte Constitucional profirió la Sentencia C-614 que declaró exequible la prohibición para contratar prestación de servicios para realizar actividades permanentes de las entidades púbicas, actividades que deben ser prestadas con personal de planta, contemplada en el inciso final del artículo 2 del Decreto 2400, subrogado por el artículo 1º del Decreto 3074 de 1968.

No obstante, el precedente jurisprudencial de obligatorio cumplimiento para las entidades y autoridades públicas, durante cerca de dos (2) años de entrada en vigencia el mandato de la Corte Constitucional, han persistido en celebrar contratos de prestación de servicios con personas naturales y jurídicas para realizar labores y actividades permanentes e incluso posterior a la entrada en vigencia del Decreto 2025/11 han continuado utilizando estos instrumentos de explotación del trabajo humano,  en procura de continuar haciendo caso omiso e incurriendo en fraude a las decisiones judiciales recientemente, a instancias del Ministerio de la Protección Social se realizó una reunión con representantes de la federación de Municipios y Gobernadores, Hospitales de primer, segundo y tercer nivel de atención, Secretarias de Salud y ACESI en las que estuvieron analizando y buscando alternativas para sustituir la contratación con las Cooperativas de Trabajo Asociado, como si la tercerización laboral, sólo fuese desarrollada a través de este instrumento, y lo que es más grave aún, el mismo Ministerio de la Protección Social a través de sus funcionarios, orientando como desconocer las decisiones judiciales e incluso los compromisos impuestos al gobierno por BARACK OBAMA para la suscripción del TLC con los Estados Unidos.

No nos sorprende que para los asesores y funcionarios del Ministerio de la Protección Social, dada la influencia ideológica, su concepción de vocería y representación de los patronos y grupos económicos que les orienta y el papel que juegan en la instrumentalización del modelo económico imperante; los derechos de asociación, negociación y contratación colectiva, constituyan un obstáculo para la consolidación del modelo mercantilista en que convirtieron la salud de los colombianos, sobre todo por que desde que se inició el programa de ajuste institucional y mejoramiento hospitalario, dicho Ministerio, históricamente ha orientado la eliminación de las plantas de personal para ser sustituidos por instrumentos de tercerización laboral. Sin embargo con la doble moral que le es propia al Gobierno Nacional en las reuniones de los organismos tripartitos como la OIT, hacen gala de los avances en la protección de los derechos laborales y sindicales de los trabajadores, a la cual se prestan connotados dirigentes sindicales para facilitar la exclusión de las posibles sanciones al Estado Colombiano.

JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
A N T H O C

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