{image}http://www.eldia.com.co/images/stories/050109/negociacion.jpg{/image}A partir de del 1 de enero del año 2009 regirá como Salario Mínimo Legal Mensual para los trabajadores de los sectores urbano y rural la suma equivalente al salario mínimo definido por el Decreto 4965 de 27 de diciembre de 2007, incrementando en el índice de Precios al Consumidor calculado entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008 y certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE. En caso de que el resultado contenga una fracción en centavos o en pesos, tal como será aproximado a la centena superior siguiente. Este Decreto rige a partir de 1 de enero de 2009.
DECRETO NÚMERO 4868 DE 2008. Por el cual se fija el salario mínimo legal para el año 2009.
 

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