{image}http://www.eldia.com.co/images/stories/280110/medicos.jpg{/image}En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del articulo 189 de la Constitución Política y los artlculos 154 literal a) y 162 de la Ley 100 de 1993 y 9,10 Y 12 del Decreto Legislativo 131 de 2010, y considerando que el articulo 162 de la Ley 100 de 1993, establece:
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