CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Capitulo V, articulo 7º, la máxima autoridad del Sindicato es la Asamblea Nacional de Delegados, la cual se reunirá ordinariamente en el primer trimestre de cada año y extraordinariamente, cuando sea convocada por la Junta Directiva Nacional, por el Fiscal o un número no inferior de la mitad más uno de los delegados. El sitio de reunión será fijado en cada ocasión por la Junta Directiva Nacional y podrá ser cualquier municipio del país.
Que de acuerdo al artículo 31 del estatuto legal y vigente, son funciones de la Junta Directiva Nacional, dirigir y resolver los asuntos relacionados con el Sindicato conforme a los estatutos.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Convocar como en efecto se hace a la Asamblea Nacional Ordinaria de Delegados de ANTHOC la cual se llevará a cabo durante los días 29, 30, 31 de enero de 2015
en Bogotá D.C.
ARTÍCULO SEGUNDO: De conformidad con el artículo 8º, el número de delegados oficiales a la Asamblea Nacional, es de un (1) delegado por cada cien (100) afiliados o fracción mayor de 50.
ARTÍCULO TERCERO: La información relacionada con el cumplimiento de requisitos de los Delegados Nacionales electos debe ser remitida antes del 20 de Enero de 2015 en oficio dirigido a la Secretaria General de la Junta Directiva Nacional en Bogotá, anexando el listado de afiliados hábiles a 31 de diciembre de 2014, parte pertinente del Acta de la Asamblea en la que se eligieron los delegados y estados financieros aprobados a 31 de diciembre 2013.
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL ANTHOC
HECTOR ALIRIO ALVIS GAVIRIA
Presidente
MARIA DEL CARMEN MAYUSA
Secretaria General
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