{image}http://www.eldia.com.co/images/stories/310809/salud.jpg{/image}En la sesión de la sala plena, celebrada el día 27 de agosto del presente año, la Corte Constitucional declaró inexequible el acto legislativo 001 de 2008, afectando a más de 125.000 empleados públicos que han sido contratados por fuera de la carrera administrativa, algunos de ellos empleados irregularmente por más de 20 años.
Mediante este acto, se pretendía la solución a miles de servidores del Estado que desde hace años, han ocupado cargos públicos, desempeñándose con eficiencia y responsabilidad en cargos de Carrera administrativa. Lo anterior deja en palpable evidencia, las fallas presentes en la normatividad y la forma para acceder a la Carrera Administrativa, además de la falta de garantías y políticas publicas en materia de transparencia, estabilidad y empleo público.
En pocas palabras, según los magistrados que apoyaron la inexequibilidad del acto legislativo, "la meritocracia es el único medio para acceder a los beneficios de la carrera administrativa" como sostuvieron magistrados en algunos medios de comunicación. De tal manera con el falló retroactivo, proferido por el alto tribunal se suspende y desconoce por completo el acto legislativo 001 de 2008, al devolver a la categoría provisional a funcionarios, que llevaban años en el limbo esperando una oficial vinculación.
Es de resaltar, que la iniciativa del acto legislativo 001 del año 2001 se dio desde el mismo congreso, y encendió una luz de esperanza a miles de trabajadores contratados indirectamente por el estado, renuente desde las instituciones a cobijarlos con sus beneficios patronales, de tal suerte que gestado y aprobado el acto legislativo salieron al paso voces que señalaron vicios de forma y de fondo, esto ultimo que fue lo que finalmente terminó con la corta vida del joven acto legislativo.
El texto de la decisión completa de la corte constitucional no se dará a conocer, sino en meses, por el momento el único pronunciamiento de la Corte Constitucional, es un breve comunicado de prensa, el texto completo de la sentencia no está disponible aún.
El ponente de la demanda fue el magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. En el debate algunos magistrados, (4) hicieron salvamento de voto por no compartir el concepto jurídico con el que se desconoció el acto legislativo.
"Fue una decisión muy debatida, estuvimos varias sesiones en el análisis del tema y la tesis mayoritaria fue votada por cinco votos por la inexequibilidad", confirmó el magistrado Nilson Pinilla, presidente del alto tribunal, Pinilla, uno de los cuatro magistrados que junto con sus colegas Mauricio González, Humberto Sierra y Jorge Pretelt expresaron su oposición a la sentencia, asegurando que la Corte no podía hacer consideraciones de fondo y que se estaba desconociendo lo establecido por la Constitución.
Invitamos a los trabajadores asociados a ANTHOC y demás trabajadores a divulgar la información y de esta manera participar en la conferencia vía internet, organizada por la Central Unitaria de Trabajadores CUT, con el que analizará conjuntamente los alcances de la demanda y el fallo en contra del acto legislativo.
En pocas palabras, según los magistrados que apoyaron la inexequibilidad del acto legislativo, "la meritocracia es el único medio para acceder a los beneficios de la carrera administrativa" como sostuvieron magistrados en algunos medios de comunicación. De tal manera con el falló retroactivo, proferido por el alto tribunal se suspende y desconoce por completo el acto legislativo 001 de 2008, al devolver a la categoría provisional a funcionarios, que llevaban años en el limbo esperando una oficial vinculación.
Es de resaltar, que la iniciativa del acto legislativo 001 del año 2001 se dio desde el mismo congreso, y encendió una luz de esperanza a miles de trabajadores contratados indirectamente por el estado, renuente desde las instituciones a cobijarlos con sus beneficios patronales, de tal suerte que gestado y aprobado el acto legislativo salieron al paso voces que señalaron vicios de forma y de fondo, esto ultimo que fue lo que finalmente terminó con la corta vida del joven acto legislativo.
El texto de la decisión completa de la corte constitucional no se dará a conocer, sino en meses, por el momento el único pronunciamiento de la Corte Constitucional, es un breve comunicado de prensa, el texto completo de la sentencia no está disponible aún.
El ponente de la demanda fue el magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. En el debate algunos magistrados, (4) hicieron salvamento de voto por no compartir el concepto jurídico con el que se desconoció el acto legislativo.
"Fue una decisión muy debatida, estuvimos varias sesiones en el análisis del tema y la tesis mayoritaria fue votada por cinco votos por la inexequibilidad", confirmó el magistrado Nilson Pinilla, presidente del alto tribunal, Pinilla, uno de los cuatro magistrados que junto con sus colegas Mauricio González, Humberto Sierra y Jorge Pretelt expresaron su oposición a la sentencia, asegurando que la Corte no podía hacer consideraciones de fondo y que se estaba desconociendo lo establecido por la Constitución.
Invitamos a los trabajadores asociados a ANTHOC y demás trabajadores a divulgar la información y de esta manera participar en la conferencia vía internet, organizada por la Central Unitaria de Trabajadores CUT, con el que analizará conjuntamente los alcances de la demanda y el fallo en contra del acto legislativo.