{image}http://lh6.googleusercontent.com/-y5CUIHezmlM/U8_Fwops3jI/AAAAAAAAIXY/idhBCEyCnKk/s600/mintrabajo_2014.jpg{/image}De manera atenta damos respuesta a su comunicación radicada con el número del asunto, mediante la cual consulta sobre el fuero circunstancial de los empleados públicos, en los siguientes términos:

Al respecto, es pertinente señalar que con ocasión de la expedición del Decreto 160 de 2014 se abrió la posibilidad de que las Organizaciones Sindicales conformadas por empleados públicos puedan presentar pliegos de solicitudes como base para un proceso de negociación. En este sentido el numeral 5 del Artículo 4 señala lo siguiente:

[] Descargar CONCEPTO 60188

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