{image}http://www.eldia.com.co/images/stories/280209/sal.jpg{/image}De acuerdo al Decreto 2006 de 2008 que reglamenta el pago por días, los usuarios de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), podrán a partir de marzo hacer los pagos de los aportes a salud en horarios adicionales y fines de semana.
Carlos Jorge Rodriguez, Técnico de la Protección Social, dijo que “es apenas lógico que sea posible para un aportante pagar la planilla en el horario que más le convenga. Por supuesto, si lo hace después de que termine el horario bancario deberá saber que su transacción se hará efectiva el día hábil siguiente”.
 
Aclaro el funcionario que “es responsabilidad del operador de información obtener el ‘consentimiento informado’ del aportante de que una transacción hecha, por ejemplo, a las 6 de la tarde, se hará efectiva el día siguiente, tal y como ocurre cuando se acude al banco en horario adicional. Para ello el operador de información deberá comunicarle al aportante tal situación al momento del pago electrónico; el aportante se dará por enterado al hacer click en ‘aceptar’ en la ventana que aparece con esta información en la pantalla del computador”.

Añadió que "ya se dio inicio a la construcción del registro de las personas que pueden cotizar a salud y no a pensión, a partir de la información de los afiliados no obligados a cotizar a salud y que lo hacen por cuenta de un tercero (cotizante 41). De esta manera se está aplicando la Ley 1250 de 2008. La migración de esta información se hará de manera gradual y en un plazo de aproximadamente tres meses se implementará el nuevo “tipo de cotizante”. Mientras tanto, es posible continuar cotizando como cotizante 41".

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